
Las reglas de las zonas de concentración de las Farc
- On 22 de agosto de 2016
Una de las críticas que hasta el momento ha utilizado la oposición frente al proceso de paz entre el Gobierno y las Farc de La Habana ha sido que el Estado solo ha hecho concesiones mientras que la guerrilla ha dado poco. Ahora, con el anuncio del acuerdo sobre el fin del conflicto, se puede decir que le llegó la hora al grupo subversivo de dar el paso definitivo hacia su desmovilización, lo cual implica –según lo anunciado– concentrar sus tropas en 23 zonas veredales transitorias y 8 campamentos, que es la única manera de garantizar el cumplimiento del cese del fuego y desde donde se debe iniciar la reincorporación de los guerrilleros a la vida civil.
Las reglas de juego establecidas señalan que a partir del “Día D” más uno (es decir, tras la firma del acuerdo definitivo), la Fuerza Pública reorganizará el dispositivo de las tropas para facilitar el desplazamiento de las estructuras de las Farc a dichas zonas y que cinco días después, las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate (UTC) de los frentes guerrilleros se desplazarán hacia ellas, siguiendo las rutas establecidas de común acuerdo con el Gobierno.
Las zonas son territoriales, temporales y transitorias. Cada una de ellas contará con equipos de monitoreo local, facilidades de acceso por ríos y carreteras, y sus límites corresponden a los de la vereda donde se ubican, pudiendo ser ampliados o reducidos por mutuo acuerdo, dependiendo del tamaño de la vereda. La idea es que tengan una extensión razonable para permitir el monitoreo y verificación, fijando como referente accidentes geográficos o características del terreno (un río o una montaña, por ejemplo).
La salida de combatientes de las Farc de los campamentos se debe hacer sin armas y de civil. Y tanto el Gobierno como la guerrilla asumirán el compromiso de que no haya ninguna limitación en el normal funcionamiento de las autoridades civiles no armadas, en el desenvolvimiento de la actividad económica, política y social de las regiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus derechos, así como en los de las organizaciones comunales, sociales y políticas que tengan presencia en los territorios donde se ubicarán dichas zonas.
Además, las autoridades civiles no armadas que tengan presencia en ellas permanecerán y continuarán ejerciendo sus funciones y estará prohibido hacer manifestaciones de carácter político. Queda claro también que los guerrilleros que resulten beneficiados con la ley de amnistía que se piensa tramitar, si así lo desean, podrán integrarse a esas zonas de concentración, para seguir el proceso de reincorporación a la vida civil.
Por otra parte, en los campamentos no habrá ni podrá ingresar población civil en ningún momento y durante la vigencia de las zonas se suspenderá el porte y la tenencia de armas para la población civil. En caso de incidentes que requieran la presencia de la Policía o el Ejército dentro de esos territorios, se deberá informar al mecanismo de monitoreo y verificación, para que este a su vez coordine el ingreso de acuerdo con los protocolos acordados por Gobierno y Farc.
En desarrollo del proceso de preparación para la reincorporación a la vida civil de los combatientes, las Farc podrán realizar dentro de las zonas todo tipo de capacitación en labores productivas, de nivelación en educación básica primaria, secundaria o técnica -de acuerdo con sus propios intereses-así como el Gobierno deberá adelantar jornadas de cedulación y demás actividades necesarias para facilitar el tránsito a la legalidad de la subversión.
Por último, alrededor de cada zona se establecerá un perímetro de seguridad donde no podrá haber unidades de la Fuerza Pública ni efectivos de las Farc, con excepción de los equipos de monitoreo y verificación, que estarán acompañados de seguridad policial. El ancho de esas zonas de seguridad será de 1 kilómetro alrededor.